Seguros de vida

Este seguro ofrece protección económica para los beneficiarios de la persona asegurada en caso de que esta fallezca. Estos seguros pueden contratarse de manera individual o grupal.
BENEFICIOS:
- Anticipo por fallecimiento 30%de la suma asegurada por fallecimiento
- Anticipo por enfermedades terminales 30% de la suma asegurada por fallecimiento
- Asistencia funeraria.
TIPOS DE SEGUROS DE VIDA
TRADICIONALES
Temporal: Cuando llega a faltar el asegurado, este seguro cubre solamente el pago de la suma asegurada al beneficiario. Se contratan en :
- Plazos de 1, 5, 10 o 25 años.
- Por edad, 60 o 65 años.
Ordinario de vida: Una vez asegurado te da protección durante toda la vida, y cuando el asegurado llegue a la edad de 99 años de vida recibe toda la suma asegurada. En caso de fallecimiento antes de los 99 años, la suma asegurada la recibirán los beneficiarios.
Seguro total: Este seguro es para protección y ahorro. Una vez concluido el plazo del seguro del asegurado, se le entregara la suma asegurada. Pero en caso de fallecer antes de plazo, se le entregará la suma asegurada a los beneficiarios.
EDUCATIVOS
Da protección y ahorro para la educación de tus hijos. Permite acumular el dinero necesario para su educación universitaria mientras estudia.
DE RETIRO
Este seguro esta diseñado para la jubilación o retiro, es una alternativa de ahorro. Se contrata hasta la edad de 60 o 65 años, cuando termina ese plazo el asegurado recibirá el pago de la suma asegurada, ya sea de manera mensual o en un solo pago.
COBERTURAS ADICIONALES
- Doble indemnización: en caso de fallecer el asegurado por accidente se indemniza con el doble de la suma contratada.
- Excención de pago de primas por invalidez total y permanente
- Muerte accidental, perdidas orgánicas y/o muerte accidental colectiva (muerte de accidental colectiva te paga el triple de la suma asegurada)
- Pago adicional por invalidez total y permanente
REQUISITOS PARA EL TRAMITE
PERSONA FÍSICA
- Identificación Con Foto del Asegurado Vigente (INE).
- Comprobante de Domicilio.
PERSONA MORAL
- Acta constitutiva con hoja del registro publico.
- Poder Notarial del Representante Legal con hoja del registro publico.
- Cedula fiscal
- Identificación Con Foto del Representante Legal vigente (INE) .
- Comprobante de Domicilio fiscal.
- Datos del o los asegurados adscritos a la empresa (en caso de Seguro de Vida grupal).